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Adentran a juristas al Tribunal Contencioso Administrativo
Por: Alberto Medina Espinosa., Jueves, 13 de Mayo de 2010

Juana María Treviño Torres
Juana María Treviño Torres
La Presidenta del Honorable Tribunal de lo Contencioso Administrativo detalló sus quehaceres y destacó la gran responsabilidad de juristas de conocer más.

Conscientes de la sinergia que deben pactar con los Colegio y Barras de Abogados, para que estos conozcan mejor la vida operativa del Tribunal Contencioso Administrativo, su presidente, la Licenciada Juana María Treviño Torres habló sobre el tema.

  
Juana María Treviño Torres
Frente a los socios del Colegio Metropolitano de Abogados Litigantes A.C., que preside Ramón González Beltrán, la Presidenta del Honorable Tribunal de lo Contencioso Administrativo detalló sus quehaceres.

Y ahí aprovechó para sacar a la luz pública la gran responsabilidad que deben tener los juristas de conocer más y adentrarse en el tema jurídico local de este concepto.

“Se les estuvo explicando la importancia del Tribunal y del Juicio Contencioso Administrativo y si en el estado se han dado avances en la justicia administrativa, en lo últimos diez años”.

“Así como hablamos de las etapas del juicio, los casos en que se puede intentar el juicio de nulidad ante el Tribunal y como es que la Ley regula los fallos del mismo”.

“Se ha dado mucha evolución de hace diez años a la fecha, comentábamos que tanto ha crecido la Justicia Alternativa en el país, que actualmente hay 29 estados de la República que ya cuentan con un Tribunal Contenciosos Administrativo como el de Nuevo León y faltan nada más tres, por concluir sus procedimientos para ya instalarlos”.

Por tal motivo, la jurista también refirió la importancia de que las diversas entidades federativas se sumen al adiestramiento que deben tener en este tipo de sistema jurídico, donde lo que se busca es que los abogados se adentren mejor en la Justicia del Tribunal de lo Contenciosos Administrativo.

Ya que existen en México al menos tres entidades que aún no son garantes de tener un Tribunal de esta naturaleza y necesitan sumaras a esta situación.

“Con esta modalidad jurídica, uno como abogado debe hacer, según yo creo, es que se metan un poquito más a lo de los juicios administrativos verdad, conocer lo que es el auto administrativo, la competencia de las autoridades, que nos visiten para tener una mejor observancia de los gobernados”.

“Yo creo que damos un mejor resultado con un Tribunal, el gobernado tiene más falta el conocer de los juicios y el procedimiento es más acortado, y aparte nosotros tenemos dentro de la Ley la obligación de difundir las actividades del Tribunal, como lo es el Juicio de lo Contenciosos Administrativo, entonces si tenemos platicas con Universidades y con Colegios de Abogados”.

¿COMO OPERA?.

El Juicio Contencioso Administrativo, recibió su término con las reformas del 2001, teniendo como objetivo analizar la tramitación y particularidades del juicio que conoce el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Donde se buscaba en primera instancia, el aclarar las acciones del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en donde se veía la integración del mismo hasta conocer la competencia de la Sala Superior , ya sea en pleno o en secciones, así como la competencia de las Salas Regionales.

Por lo que todo lo relacionado en específico al Juicio Contencioso Administrativo, tiene un área donde se le da procedencia e improcedencia de dicho juicio.

Así como la figura del sobreseimiento y en que casos procede de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

“Algo que es de suma importancia dada su complejidad de la materia, es la tramitación del Juicio Contencioso Administrativo, donde analizaremos: las partes que intervienen en el presente juicio; los requisitos que debe contener la demanda; las formalidades que debe cumplir la contestación de la demanda; los incidentes que proceden en el juicio”.

“Las pruebas que pueden ofrecerse y desahogarse; la presentación de los alegatos por las partes, aspecto fundamental y trascendente en el momento de dictar sentencia; así como la sentencia en la cual se establece la solución del Juicio Contencioso Administrativo, y la notificación de la sentencia, estableciendo el término y las formas en que puede hacerse”.

Por lo que a los abogados, también se les explicó como abordar los temas en materia de recursos como de Reclamación; Recurso de Revisión y el Recurso de Queja.

Es de citar que el tribunal administrativo esta dotado de plena autonomía para dictar sus fallos y se encuentra integrado por una Sala Superior y por Salas Regionales.

Es competencia del Presidente de la República con aprobación del Senado, nombrar a los magistrados del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la duración del nombramiento es de seis años a partir de la fecha de su designación.

Por lo que la ley permite que al término del primer período, sean designados nuevamente, si la nueva designación recae a magistrados de la Sala Superior , esta será por única vez y durará por nueve años y si es a magistrados de las Salas Regionales, será por seis años y si al término de éste, recae una nueva designación, los magistrados redesignados serán inamovibles.

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 1.  Que mal se vio anoche.
Equalizar, 26/08/2011 09:59
 
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