Se obliga a la SCT a que antes de otorgar una concesión de operación, recabe el dictamen aprobado por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras de la SE.
México.- El Senado avaló reformas a la Ley de Aeronáutica Civil que obligan al titular de una concesión a remitir anualmente a la SCT un informe para conocer la forma en que se ha prestado y desarrollado el servicio de transporte aéreo nacional regular.
Así, se faculta a la dependencia a revisar la operación técnica y administrativa de los concesionarios, y supedita la obtención del certificado de aeronavegabilidad al control técnico y a los requisitos de mantenimiento que establezcan las normas emitidas por la autoridad.
Además, se obliga a la SCT a que antes de otorgar una concesión de operación, recabe el dictamen aprobado por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras de la Secretaría de Economía, en el que se determine la legalidad de procedencia de la inversión extranjera de que se trate.
Si una persona moral mexicana a la que se le otorgó una concesión o permiso aumenta la participación de inversión extranjera en un porcentaje mayor al previsto en la Ley de Inversión Extranjera, será sancionada por la autoridad competente en los términos de la legislación aplicable.
El autor de los cambios, el senador del PRI, Fernando Castro Trenti, afirmó que se moderniza el marco regulatorio y aumenta la vigilancia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) sobre los concesionarios y operadores de servicios aéreos.
“Además, ayudará a que casos como el de Mexicana de Aviación no se vuelvan a repetir”, ya que lesionó la capacidad de transporte aéreo del país tanto de mercancías, como de personas, y generó pérdidas millonarias y el encarecimiento de los servicios”, añadió.
Las reformas a la Ley de Aeronáutica Civil fueron turnadas por el pleno senatorial a la Cámara de Diputados para que continúen su trámite legislativo.